Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
VISTOS:
La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba N° 8102, art. 30 inc. 21 y el proyecto de ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la obra de cordón cuneta a ejecutarse en distintos sectores de la localidad;
CONSIDERANDO:
Que es necesario acompañar el crecimiento y evolución de nuestra localidad, permitiendo a la vez que los vecinos accedan a servicios considerados hoy primordiales.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
VISTO:
La necesidad de fortalecer y modernizar el parque automotor municipal destinado a la prestación de servicios públicos, tareas operativas y mantenimiento general a cargo de la Municipalidad de Justiniano Posse; y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente para la administración municipal la adquisición de un vehículo utilitario cero kilómetro que permita optimizar las tareas y servicios que presta el Municipio.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
VISTOS:
La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba No 8102, art. 30 inc. 20; art 66 y la existencia como bienes de dominio privado del Estado Municipal de diferentes terrenos en la zona industrial de nuestra localidad; y
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
VISTO:
Que el Municipio se encuentra adherido al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA; Y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Fondo Federal 2025 formalizado mediante Convenio N° 21/2025 Unidad de Trabajo Provincia – Municipios y Comunas, el DEM solicita la autorización de este cuerpo para tomar el préstamo para la realización de obras públicas y/o adquisición de maquinarias.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
VISTO: La necesidad de fortalecer el financiamiento del sistema público local de salud, optimizar la recuperación de los gastos ocasionados por prestaciones médico-asistenciales brindadas a pacientes con cobertura de salud, y dotar al Municipio de Justiniano Posse de un régimen propio, claro y operativo para la facturación, cobro, auditoría y eventual ejecución judicial de tales acreencias.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
VISTO: La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba N° 8102, Art. 30 Inc. 19, 21, y 30; y Ordenanza No 29/25. La necesidad de garantizar la seguridad peatonal y la conectividad urbana sobre la Ruta Provincial N° 6, en jurisdicción de este municipio mediante la construcción de una Pasarela Peatonal; Y
CONSIDERANDO: Que la construcción de una pasarela peatonal permitirá reducir riesgos viales, facilitar desplazamientos y mejorar la accesibilidad entre sectores de la localidad; Que la citada obra se enmarca dentro de las políticas públicas de infraestructura básica para el bienestar social y económico de la población. Que existen sectores de la localidad, como los deportistas del Club Defensores de Juventud, en su mayoría niños y niñas, que se verán ampliamente beneficiados con la Pasarela Peatonal, brindado mayor seguridad, accesibilidad y agilidad en el tránsito desde sus hogares hasta el club y su regreso.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
VISTO: El pedido efectuado por los Sindicatos de Empleados Municipales de un incremento del sueldo básico al personal de planta permanente, contratados y transitorios de esta Municipalidad; Que de acuerdo a la Ley N° 8024 del Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, en su art. 8, incisos a) y b), faculta a otorgar sumas no sujetas a aportes y contribuciones; y
CONSIDERANDO: Que es justa y necesaria la solicitada recomposición salarial teniendo en cuenta el incremento de la Canasta Familiar; Que los Municipios de la zona han tenido aumento en sus salarios; Que la Municipalidad cuenta con recursos para hacer frente a esta erogación;
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
VISTOS: La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba N° 8102, art. 30 inc. 20; art 66 y la existencia como bienes de dominio privado del Estado Municipal de diferentes terrenos en la zona industrial de nuestra localidad; y
CONSIDERANDO: Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal, fomentar y generar diversos proyectos productivos en beneficio de la comunidad possense. Que este Municipio cuenta con terrenos en el Parque Industrial en condiciones de ser vendidos para lograr la finalidad indicada. Que a través del concurso de precios se pretende asegurar la transparencia e igualdad de los distintos oferentes.
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
VISTOS: La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba N° 8102, art. 30 inc. 21 y el proyecto de ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la pavimentación de hormigón y cordón cuneta a ejecutarse en distintos sectores de la localidad; y
CONSIDERANDO: Que es necesario acompañar el crecimiento y evolución de nuestra localidad, permitiendo a la vez que los vecinos accedan a servicios considerados hoy primordiales. Que el proyecto comprende la pavimentación de hormigón de las calles Presidente Roca (entre calles Vélez Sarsfield y 25 de Mayo y entre Gral. Güemes y Gral. Lamadrid) y Colón (entre calles Sarmiento y Juan Manuel de Rosas).
Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.
VISTO: Que el Municipio se encuentra adherido al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA; Y
CONSIDERANDO: Que el mismo otorga créditos para la realización de obras públicas y/o adquisición de maquinarias. Que el Municipio de Justiniano Posse, tiene entre sus competencias primarias la planificación, ejecución y mantenimiento de la infraestructura urbana, tendiente a garantizar adecuadas condiciones de transitabilidad, salubridad y seguridad para los vecinos.