Marina Rosso, autor en Municipalidad de Justiniano Posse

Marina Rosso

Ordenanza Nº 02/25

Ordenanza Nº 02/2025

Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. 

VISTO: La ley Orgánica Nro. 8102 art. 30 inc. 1 e inc. 19 El contrato preliminar de fecha 4 de febrero de dos mil veinticinco suscripto entre el D.E.M. y el señor Iván Andrés Capella, D.N.I. 27.749.418, con domicilio legal en Av. Del Libertador no 93 de esta localidad. 

CONSIDERANDO: Que, existe una necesidad del Municipio de adquirir lotes de terrenos urbanos, para destinarlos a la construcción de viviendas. Que en fecha 4 de febrero de dos mil veinticinco el D.E.M. suscribió con el señor Iván Andrés Capella un contrato preliminar, en los términos del art. 994 y sig. y conc. del Código Civil y Comercial de la Nación; por el cual EL OFERENTE (Sr. Capella), ofrece VENDER a LA MUNICIPALIDAD, un inmueble de su propiedad, correspondiente a un lote designado como N° 104, ubicado en la manzana Quinta 17 de Justiniano Posse, que según plano de mensura y subdivisión, labrado por el Ing. Civil Gustavo G. Viqueira Matrícula 1674,

Ordenanza Nº 01/25

Ordenanza Nº 01/2025

Honorable Concejo Deliberante, Justiniano Posse, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. 

VISTOS:La Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba No 8102, art. 30 incisos 4 y 30; y la ordenanza no 39/24; y 

 

CONSIDERANDO: Que por ordenanza no 39/24 se estableció que a partir del día 01 de enero de 2025, la calle Int. Vanderhoeven, altura 1300 al 1500, deberá tener un sentido único de circulación, en sentido Este-Oeste (entre calles Tte. Origone y Chile). Que para mayor seguridad vial y planificación urbana, se hace necesario modificar el sentido actual de circulación de la calle Int. Vanderhoeven, altura 1200 al 1300, ampliando la circulación en sentido Este-Oeste, desde la altura 1200 al 1500 (entre Av. Juan José Paso y Chile).